Quiénes no tienen que realizar la declaración de la renta

La labor de una gestoría en Palma de Mallorca es fundamental para ayudar a los contribuyentes a entender sus obligaciones fiscales, especialmente en lo que respecta a la declaración de la renta. Conocer quiénes están exentos de realizar esta obligación tributaria es crucial para evitar sorpresas y mantenerse al día con la normativa vigente. Mantenerse bien informado no solo reduce el estrés y la confusión, sino que también puede ahorrarte tiempo y dinero.

Para aquellos que se plantean si tienen que hacer la renta en Palma de Mallorca, es importante identificar las situaciones específicas que pueden eximirte de esta responsabilidad. En la campaña de la renta del 2024, habrá diferentes plazos y modalidades para la presentación, por lo que un correcto entendimiento de tus deberes fiscales es esencial.


Gestoría en Palma de Mallorca

Las fechas importantes de esta campaña de la declaración de la renta serán las siguientes: el 2 de abril, cuando se podrá comenzar a realizar la declaración de manera online. En cuanto a la modalidad telefónica, estará disponible a partir del 6 de mayo, con la opción de solicitar cita desde el 29 de abril. Por otro lado, la modalidad presencial arrancará el 3 de junio, con citas previas abiertas desde el 29 de mayo. Finalmente, el plazo para presentar la declaración finalizará el 30 de junio de 2024.

¿Quiénes deben presentar la declaración de la renta 2024?

La obligación de presentar la declaración de la renta para aquellos que hayan recibido prestaciones por desempleo en 2024 se pospone hasta el próximo año. Sin embargo, deben presentarla quienes hayan percibido el ingreso mínimo vital o los autónomos, sin importar sus ingresos o beneficios.

Para el resto de los contribuyentes, estarán obligados a presentar la declaración aquellos con ingresos superiores a 22.000 euros provenientes de un solo pagador. Si se tienen dos o más pagadores, la obligación surge si los ingresos superan los 15.876 euros y la suma de las percepciones del segundo y otros pagadores es mayor a 2.500 euros.

Rentas exentas y deducciones disponibles

Las cantidades extraordinarias entregadas por los empresarios a trabajadores y familias afectadas por la catástrofe de la DANA para reparar daños materiales o personales estarán exentas de tributación, siempre que se demuestre la situación afectada mediante un certificado del seguro o de un organismo público.

En cuanto a las deducciones, destaca la extensión del plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para deducir los gastos de obras que mejoren la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales. Además, se amplía el plazo para las deducciones por la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Las deducciones por donaciones a entidades sin ánimo de lucro también aumentan: hasta un 80 % para los primeros 250 euros y hasta un 45 % para el resto de la donación.

Es recomendable revisar cada año las deducciones disponibles en función de la comunidad autónoma en la que se resida.

¿Y las reducciones?

Respecto a las reducciones, la que aplica al alquiler sigue siendo del 60 % para los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023. Para los contratos celebrados a partir de enero de 2024, las reducciones varían: del 90 % si el inmueble está en una zona de alta demanda residencial y el propietario ha reducido el precio más de un 5 %, del 70 % si se alquila por primera vez a inquilinos de entre 18 y 35 años, y del 60 % si se han realizado obras de rehabilitación en los dos años previos. A partir de 2024, la reducción general será del 50 %.

Un cambio importante es el incremento de la reducción por los rendimientos del trabajo, que pasará de 6.498 euros a 7.302 euros. Además, este año se introduce una reducción del 25 % para los rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva para aquellos afectados por la DANA. Se mantienen también las exenciones fiscales para los contribuyentes de La Palma y Lorca, debido a los daños por desastres naturales.

Además, se ha modificado el procedimiento para solicitar devoluciones a mutualistas jubilados, tras una sentencia del Tribunal Supremo. A partir de 2025, los que no hayan recibido su devolución deberán solicitarla anualmente a través de la declaración de la renta.

Autoliquidación rectificativa

Una novedad importante de este año es la posibilidad de presentar una autoliquidación rectificativa, lo que facilita la corrección o complemento de una declaración ya presentada. Este proceso será más ágil y no será necesario esperar a que termine la campaña tributaria.

Consejos finales

Es esencial no dejar la declaración para el último momento. Revisa con detalle el borrador proporcionado por la Agencia Tributaria y asegúrate de que todos los datos sean correctos. Si encuentras algún error o falta información, corrígelo. Si tienes dudas, lo mejor es consultar con un profesional para evitar errores.

Para las parejas, es conveniente comparar las opciones de declaración individual y conjunta, ya que, en algunos casos, una de ellas puede resultar más ventajosa. Además, verifica que los datos bancarios para la domiciliación estén correctamente introducidos.

Si el resultado es a pagar, podrás fraccionar el pago en dos plazos: el 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante en octubre. Como novedad este año, también se podrá hacer el pago mediante Bizum.

Recuerda que los ingresos recibidos entre particulares a través de Bizum no deben ser declarados, salvo que superen los 10.000 euros anuales. También es importante declarar las ganancias obtenidas por la compraventa de criptomonedas o productos de segunda mano en plataformas digitales.

Por último, asegúrate de conservar todos los documentos y facturas durante al menos cinco años, especialmente aquellos que justifiquen deducciones o reducciones.

Quiénes no tienen que realizar la declaración de la renta

La labor de una gestoría en Palma de Mallorca es fundamental para ayudar a los contribuyentes a entender sus obligaciones fiscales, especialmente en lo que respecta a la declaración de la renta. Conocer quiénes están exentos de realizar esta obligación tributaria es crucial para evitar sorpresas y mantenerse al día con la normativa vigente. Mantenerse bien informado no solo reduce el estrés y la confusión, sino que también puede ahorrarte tiempo y dinero.

Para aquellos que se plantean si tienen que hacer la renta en Palma de Mallorca, es importante identificar las situaciones específicas que pueden eximirte de esta responsabilidad. En la campaña de la renta del 2024, habrá diferentes plazos y modalidades para la presentación, por lo que un correcto entendimiento de tus deberes fiscales es esencial.


Gestoría en Palma de Mallorca

Las fechas importantes de esta campaña de la declaración de la renta serán las siguientes: el 2 de abril, cuando se podrá comenzar a realizar la declaración de manera online. En cuanto a la modalidad telefónica, estará disponible a partir del 6 de mayo, con la opción de solicitar cita desde el 29 de abril. Por otro lado, la modalidad presencial arrancará el 3 de junio, con citas previas abiertas desde el 29 de mayo. Finalmente, el plazo para presentar la declaración finalizará el 30 de junio de 2024.

¿Quiénes deben presentar la declaración de la renta 2024?

La obligación de presentar la declaración de la renta para aquellos que hayan recibido prestaciones por desempleo en 2024 se pospone hasta el próximo año. Sin embargo, deben presentarla quienes hayan percibido el ingreso mínimo vital o los autónomos, sin importar sus ingresos o beneficios.

Para el resto de los contribuyentes, estarán obligados a presentar la declaración aquellos con ingresos superiores a 22.000 euros provenientes de un solo pagador. Si se tienen dos o más pagadores, la obligación surge si los ingresos superan los 15.876 euros y la suma de las percepciones del segundo y otros pagadores es mayor a 2.500 euros.

Rentas exentas y deducciones disponibles

Las cantidades extraordinarias entregadas por los empresarios a trabajadores y familias afectadas por la catástrofe de la DANA para reparar daños materiales o personales estarán exentas de tributación, siempre que se demuestre la situación afectada mediante un certificado del seguro o de un organismo público.

En cuanto a las deducciones, destaca la extensión del plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para deducir los gastos de obras que mejoren la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales. Además, se amplía el plazo para las deducciones por la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Las deducciones por donaciones a entidades sin ánimo de lucro también aumentan: hasta un 80 % para los primeros 250 euros y hasta un 45 % para el resto de la donación.

Es recomendable revisar cada año las deducciones disponibles en función de la comunidad autónoma en la que se resida.

¿Y las reducciones?

Respecto a las reducciones, la que aplica al alquiler sigue siendo del 60 % para los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023. Para los contratos celebrados a partir de enero de 2024, las reducciones varían: del 90 % si el inmueble está en una zona de alta demanda residencial y el propietario ha reducido el precio más de un 5 %, del 70 % si se alquila por primera vez a inquilinos de entre 18 y 35 años, y del 60 % si se han realizado obras de rehabilitación en los dos años previos. A partir de 2024, la reducción general será del 50 %.

Un cambio importante es el incremento de la reducción por los rendimientos del trabajo, que pasará de 6.498 euros a 7.302 euros. Además, este año se introduce una reducción del 25 % para los rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva para aquellos afectados por la DANA. Se mantienen también las exenciones fiscales para los contribuyentes de La Palma y Lorca, debido a los daños por desastres naturales.

Además, se ha modificado el procedimiento para solicitar devoluciones a mutualistas jubilados, tras una sentencia del Tribunal Supremo. A partir de 2025, los que no hayan recibido su devolución deberán solicitarla anualmente a través de la declaración de la renta.

Autoliquidación rectificativa

Una novedad importante de este año es la posibilidad de presentar una autoliquidación rectificativa, lo que facilita la corrección o complemento de una declaración ya presentada. Este proceso será más ágil y no será necesario esperar a que termine la campaña tributaria.

Consejos finales

Es esencial no dejar la declaración para el último momento. Revisa con detalle el borrador proporcionado por la Agencia Tributaria y asegúrate de que todos los datos sean correctos. Si encuentras algún error o falta información, corrígelo. Si tienes dudas, lo mejor es consultar con un profesional para evitar errores.

Para las parejas, es conveniente comparar las opciones de declaración individual y conjunta, ya que, en algunos casos, una de ellas puede resultar más ventajosa. Además, verifica que los datos bancarios para la domiciliación estén correctamente introducidos.

Si el resultado es a pagar, podrás fraccionar el pago en dos plazos: el 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante en octubre. Como novedad este año, también se podrá hacer el pago mediante Bizum.

Recuerda que los ingresos recibidos entre particulares a través de Bizum no deben ser declarados, salvo que superen los 10.000 euros anuales. También es importante declarar las ganancias obtenidas por la compraventa de criptomonedas o productos de segunda mano en plataformas digitales.

Por último, asegúrate de conservar todos los documentos y facturas durante al menos cinco años, especialmente aquellos que justifiquen deducciones o reducciones.

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