
¿Qué es un autónomo TRADE o económicamente dependiente?
Entender la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente es clave si trabajas casi en exclusiva para un solo cliente y buscas una gestoría para autónomos en Palma de Mallorca que te ayude a evitar riesgos legales y sanciones económicas derivadas de una mala gestión contractual o fiscal.
En una gestoría en Palma de Mallorca, esta es una consulta muy habitual entre autónomos que concentran la mayor parte de sus ingresos en un único cliente y desconocen las consecuencias legales de no formalizar correctamente su situación como trabajador autónomo económicamente dependiente.
Qué es un autónomo dependiente (TRADE)
El trabajador autónomo económicamente dependiente, conocido como TRADE, es aquel autónomo que realiza su actividad económica o profesional para una empresa o cliente del que percibe, al menos, el 75 % de sus ingresos.
Se trata de una figura especialmente controvertida, ya que guarda una relación directa con los llamados falsos autónomos, es decir, profesionales que son contratados como autónomos para evitar una relación laboral ordinaria y el pago de cotizaciones al Régimen General.
Precisamente por este motivo, desde hace años las asociaciones de autónomos reclaman la integración de los TRADE en el Régimen General de trabajadores, ya que la línea entre relación mercantil y laboral puede ser muy fina.
Además, como veremos más adelante, cumplir todos los requisitos legales para ser reconocido como TRADE no es sencillo y cualquier error puede tener consecuencias económicas importantes.
Cómo formalizar un contrato TRADE paso a paso
1. Verificar que se cumplen las condiciones legales
- Percibir al menos el 75 % de los ingresos de un único cliente.
- No tener trabajadores por cuenta ajena contratados.
- No subcontratar parte ni la totalidad de la actividad profesional.
- Disponer de medios e infraestructura propios cuando sean relevantes para la actividad.
- No ejecutar la actividad de forma indiferenciada junto a trabajadores del cliente.
- Actuar bajo criterios organizativos propios.
- Asumir el riesgo y ventura de la actividad y cobrar en función del resultado pactado.
2. Comunicar por escrito la condición de TRADE al cliente
El autónomo debe comunicar por escrito al cliente que cumple los requisitos legales para ser considerado TRADE y que se va a formalizar un contrato bajo esta modalidad. Es fundamental conservar el justificante de dicha comunicación.
3. Firmar un contrato por escrito con las cláusulas mínimas
El contrato TRADE debe formalizarse obligatoriamente por escrito e incluir, como mínimo, los siguientes contenidos:
- Identificación completa de las partes.
- Declaración expresa de la condición de trabajador autónomo económicamente dependiente.
- Objeto del contrato y causa de la relación profesional.
- Contraprestación económica, periodicidad y forma de pago.
- Jornada máxima de actividad.
- Régimen de descansos y de interrupciones de la actividad.
- Acuerdo de interés profesional aplicable, si existe.
Además, el trabajador debe declarar expresamente en el contrato:
- Que percibe más del 75 % de sus ingresos del cliente principal.
- Que no tiene empleados ni subcontratará la actividad.
- Que dispone de medios propios.
- Que comunicará cualquier variación en su dependencia económica.
- Que no es titular de locales u oficinas abiertos al público.
- Que no ejerce la actividad en régimen societario ni junto a otros profesionales.
4. Registrar el contrato en el SEPE
El contrato debe registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal en un plazo de 10 días hábiles desde su firma. Tras el registro, el autónomo debe comunicarlo al cliente en un plazo de 5 días hábiles.
Si transcurren 15 días hábiles desde la firma sin que el trabajador haya realizado el registro o la comunicación, será el cliente quien esté obligado a registrarlo en el plazo de 10 días hábiles.
El trámite se realiza a través del Registro TAED en la sede electrónica del SEPE utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Algo que podrás delegar en una gestoría para autónomos en Palma de Mallorca expertos en autónomos TRADE o autónomos económicamente dependiente.
Requisitos y obligaciones del trabajador autónomo dependiente
- Percibir más del 75 % de ingresos de un solo cliente
- No tener trabajadores por cuenta ajena
- No subcontratar la actividad
- Medios propios e independientes
- Contrato por escrito
- Registro del contrato en el SEPE
Cuánto paga un TRADE
El TRADE tiene las mismas obligaciones fiscales que cualquier otro autónomo. Debe declarar y pagar el IRPF y el IVA mediante sus declaraciones trimestrales y anuales.
Además, debe abonar mensualmente la cuota de autónomos a la Seguridad Social.
En este caso, es obligatorio cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales mediante una mutua colaboradora, lo que incrementa ligeramente la cuota mensual.
Funcionamiento y características del autónomo dependiente
El cliente puede solicitar al autónomo que acredite su condición de TRADE tanto en el momento de la firma como posteriormente, siempre que hayan pasado al menos seis meses desde la última acreditación.
Para dicha acreditación se puede utilizar la última declaración de la renta o un certificado de rendimientos emitido por la Agencia Tributaria.
El registro del contrato en el SEPE no tiene carácter público, pero su incumplimiento puede derivar en sanciones.
El TRADE debe disponer de infraestructura propia y no puede tener trabajadores a su cargo ni subcontratar la actividad.
Duración del contrato TRADE
La duración del contrato será la que acuerden las partes, pudiendo fijarse una fecha concreta de finalización o vincularse a la duración de un servicio determinado.
Si no se establece duración ni servicio concreto, el contrato se presumirá indefinido desde la fecha de formalización.
Extinción del contrato
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Muerte, jubilación o invalidez incompatible con la actividad.
- Incumplimiento grave del cliente.
- Voluntad del cliente con causa justificada.
- Decisión de la trabajadora víctima de violencia de género.
- Cualquier otra causa legalmente establecida.
Interrupciones justificadas de la actividad profesional
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Responsabilidades familiares urgentes e imprevisibles.
- Riesgo grave e inminente para la vida o salud.
- Incapacidad temporal, maternidad o paternidad.
- Situaciones de violencia de género.
- Causas de fuerza mayor.
- Otros supuestos pactados en contrato o acuerdo profesional.
Dudas frecuentes sobre los TRADE
¿Puede existir dependencia económica respecto a más de un cliente?
No, la dependencia económica solo puede darse respecto a un único cliente del que se perciba al menos el 75 % de los ingresos.
¿Tiene derecho el TRADE a indemnización?
Sí, cuando la ruptura del contrato se produce por incumplimiento injustificado del cliente, el TRADE tiene derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos.
¿Es obligatorio facturar mensualmente?
No, la facturación puede pactarse con el cliente y realizarse trimestralmente si así se acuerda.
Contar con una gestoría en Palma de Mallorca especializada es fundamental para analizar cada caso concreto y evitar errores que puedan suponer sanciones o pérdidas económicas importantes.

¿Qué es un autónomo TRADE o económicamente dependiente?
Entender la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente es clave si trabajas casi en exclusiva para un solo cliente y buscas una gestoría para autónomos en Palma de Mallorca que te ayude a evitar riesgos legales y sanciones económicas derivadas de una mala gestión contractual o fiscal.
En una gestoría en Palma de Mallorca, esta es una consulta muy habitual entre autónomos que concentran la mayor parte de sus ingresos en un único cliente y desconocen las consecuencias legales de no formalizar correctamente su situación como trabajador autónomo económicamente dependiente.
Qué es un autónomo dependiente (TRADE)
El trabajador autónomo económicamente dependiente, conocido como TRADE, es aquel autónomo que realiza su actividad económica o profesional para una empresa o cliente del que percibe, al menos, el 75 % de sus ingresos.
Se trata de una figura especialmente controvertida, ya que guarda una relación directa con los llamados falsos autónomos, es decir, profesionales que son contratados como autónomos para evitar una relación laboral ordinaria y el pago de cotizaciones al Régimen General.
Precisamente por este motivo, desde hace años las asociaciones de autónomos reclaman la integración de los TRADE en el Régimen General de trabajadores, ya que la línea entre relación mercantil y laboral puede ser muy fina.
Además, como veremos más adelante, cumplir todos los requisitos legales para ser reconocido como TRADE no es sencillo y cualquier error puede tener consecuencias económicas importantes.
Cómo formalizar un contrato TRADE paso a paso
1. Verificar que se cumplen las condiciones legales
- Percibir al menos el 75 % de los ingresos de un único cliente.
- No tener trabajadores por cuenta ajena contratados.
- No subcontratar parte ni la totalidad de la actividad profesional.
- Disponer de medios e infraestructura propios cuando sean relevantes para la actividad.
- No ejecutar la actividad de forma indiferenciada junto a trabajadores del cliente.
- Actuar bajo criterios organizativos propios.
- Asumir el riesgo y ventura de la actividad y cobrar en función del resultado pactado.
2. Comunicar por escrito la condición de TRADE al cliente
El autónomo debe comunicar por escrito al cliente que cumple los requisitos legales para ser considerado TRADE y que se va a formalizar un contrato bajo esta modalidad. Es fundamental conservar el justificante de dicha comunicación.
3. Firmar un contrato por escrito con las cláusulas mínimas
El contrato TRADE debe formalizarse obligatoriamente por escrito e incluir, como mínimo, los siguientes contenidos:
- Identificación completa de las partes.
- Declaración expresa de la condición de trabajador autónomo económicamente dependiente.
- Objeto del contrato y causa de la relación profesional.
- Contraprestación económica, periodicidad y forma de pago.
- Jornada máxima de actividad.
- Régimen de descansos y de interrupciones de la actividad.
- Acuerdo de interés profesional aplicable, si existe.
Además, el trabajador debe declarar expresamente en el contrato:
- Que percibe más del 75 % de sus ingresos del cliente principal.
- Que no tiene empleados ni subcontratará la actividad.
- Que dispone de medios propios.
- Que comunicará cualquier variación en su dependencia económica.
- Que no es titular de locales u oficinas abiertos al público.
- Que no ejerce la actividad en régimen societario ni junto a otros profesionales.
4. Registrar el contrato en el SEPE
El contrato debe registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal en un plazo de 10 días hábiles desde su firma. Tras el registro, el autónomo debe comunicarlo al cliente en un plazo de 5 días hábiles.
Si transcurren 15 días hábiles desde la firma sin que el trabajador haya realizado el registro o la comunicación, será el cliente quien esté obligado a registrarlo en el plazo de 10 días hábiles.
El trámite se realiza a través del Registro TAED en la sede electrónica del SEPE utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Algo que podrás delegar en una gestoría para autónomos en Palma de Mallorca expertos en autónomos TRADE o autónomos económicamente dependiente.
Requisitos y obligaciones del trabajador autónomo dependiente
- Percibir más del 75 % de ingresos de un solo cliente
- No tener trabajadores por cuenta ajena
- No subcontratar la actividad
- Medios propios e independientes
- Contrato por escrito
- Registro del contrato en el SEPE
Cuánto paga un TRADE
El TRADE tiene las mismas obligaciones fiscales que cualquier otro autónomo. Debe declarar y pagar el IRPF y el IVA mediante sus declaraciones trimestrales y anuales.
Además, debe abonar mensualmente la cuota de autónomos a la Seguridad Social.
En este caso, es obligatorio cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales mediante una mutua colaboradora, lo que incrementa ligeramente la cuota mensual.
Funcionamiento y características del autónomo dependiente
El cliente puede solicitar al autónomo que acredite su condición de TRADE tanto en el momento de la firma como posteriormente, siempre que hayan pasado al menos seis meses desde la última acreditación.
Para dicha acreditación se puede utilizar la última declaración de la renta o un certificado de rendimientos emitido por la Agencia Tributaria.
El registro del contrato en el SEPE no tiene carácter público, pero su incumplimiento puede derivar en sanciones.
El TRADE debe disponer de infraestructura propia y no puede tener trabajadores a su cargo ni subcontratar la actividad.
Duración del contrato TRADE
La duración del contrato será la que acuerden las partes, pudiendo fijarse una fecha concreta de finalización o vincularse a la duración de un servicio determinado.
Si no se establece duración ni servicio concreto, el contrato se presumirá indefinido desde la fecha de formalización.
Extinción del contrato
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Muerte, jubilación o invalidez incompatible con la actividad.
- Incumplimiento grave del cliente.
- Voluntad del cliente con causa justificada.
- Decisión de la trabajadora víctima de violencia de género.
- Cualquier otra causa legalmente establecida.
Interrupciones justificadas de la actividad profesional
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Responsabilidades familiares urgentes e imprevisibles.
- Riesgo grave e inminente para la vida o salud.
- Incapacidad temporal, maternidad o paternidad.
- Situaciones de violencia de género.
- Causas de fuerza mayor.
- Otros supuestos pactados en contrato o acuerdo profesional.
Dudas frecuentes sobre los TRADE
¿Puede existir dependencia económica respecto a más de un cliente?
No, la dependencia económica solo puede darse respecto a un único cliente del que se perciba al menos el 75 % de los ingresos.
¿Tiene derecho el TRADE a indemnización?
Sí, cuando la ruptura del contrato se produce por incumplimiento injustificado del cliente, el TRADE tiene derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos.
¿Es obligatorio facturar mensualmente?
No, la facturación puede pactarse con el cliente y realizarse trimestralmente si así se acuerda.
Contar con una gestoría en Palma de Mallorca especializada es fundamental para analizar cada caso concreto y evitar errores que puedan suponer sanciones o pérdidas económicas importantes.
Seguir leyendo
Gestoría en Palma de Mallorca.
Si buscas una gestoría cerca de ti, asesoramos a empresas en el ámbito laboral, fiscal y contable. También somos una gestoría administrativa en Palma y realizamos traspasos de vehículos.










