Los modelos son unos formularios que utiliza hacienda para que realices la presentación de tus impuestos y obtener información de tu actividad como autónomo. Estás obligado a presentarlos si estás dado de alta como autónomo. Unos modelos se presentan de forma trimestral y otros anualmente. Es interesante que cuentes con la ayuda de una gestoría, como nuestra gestoría en Palma de Mallorca, que te ayude en la presentación y estén pendientes de que cumplas con todas tus obligaciones.

MODELO 303 – autoliquidación trimestral del IVA.

El IVA es un impuesto sobre las ventas, porcentaje que debemos pagar de más cuando compramos y que debemos recaudar para Hacienda cuando vendemos. La diferencia entre el total del IVA de nuestras ventas menos el total del IVA de nuestras compras nos dará el impuesto a pagar o ingresar.
El Modelo 303 es obligatorio para todo empresario cuya actividad esté sujeta al IVA, debemos declarar nuestra facturación en todos los casos. Inclusive esas facturas que no hayamos cobrado todavía, a no ser que no nos acojamos al criterio de caja. El Modelo 303 se realiza cada 3 meses, los conocidos trimestres, y en él debemos declarar nuestras ventas y compras sujetas a IVA de cada uno de los trimestres. Para calcular el resultado del modelo 303 tendremos que hacer unos cálculos previos y para ello tendremos que elaborar un listado de facturas de ventas separando la base y el IVA. Haremos lo mismo con las facturas de gasto separando la base del IVA de cada factura. Estos listados nos permitirán saber el IVA total de las ventas y el IVA total de las compras. Una vez tengamos el total de IVA de las ventas lo restaremos del total del IVA de las compras y el resultado de esta liquidación será lo que tengamos que pagar a Hacienda.
– Si hemos ingresado más IVA (en nuestras ventas, el IVA repercutido) la declaración saldrá a pagar.
– Si hemos pagado más IVA (en nuestras compras, el IVA soportado) la declaración saldrá a devolver, es decir, será Hacienda quién nos ingrese.
– Si no tuvimos actividad en ese trimestre o si el resultado nos da 0* también debemos presentar la declaración.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 303 nos sale 0?

Esto significa que el IVA de ingresos y el IVA de los gastos se han compensado, de tal manera que no debemos nada a Hacienda por el IVA ni nos tienen que devolver, pero tenemos que presentarlo.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 303 nos sale positivo?

Será el impuesto a pagar. Tenemos dos opciones para realizar el pago:
– Domiciliación bancaria, si la presentamos antes del día 15 del mes de la presentación del modelo.
– Podremos pagar por transferencia bancaria, solicitando un NRC a tu banco, con cargo en cuenta o por tarjeta, si ya hemos superado el día 15 del mes de presentación o si nos viene mejor hacerlo así.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 303 nos sale negativo?

Esto significa que Hacienda nos ha cobrado IVA de más, por lo que podremos recuperar ese importe de dos maneras:

– Compensación. Al presentar el modelo cada trimestre, Hacienda nos da la opción de compensar lo que nos debe con lo que podemos deberle en el siguiente. Los modelos tributarios son acumulativos, de tal modo que si tengo un saldo negativo (a ingresar) en el T1 de -100 y otro positivo (a pagar) de 300 en el T2: -100 +300 = 200 € debo.
– Devolución. También podemos reclamar esas cantidades que Hacienda nos adeuda cada trimestre, pero sólo en el T4: una vez acabado el año. Es importante que tengas las cuentas al día en caso de que te sometan a una inspección. Recuerda que en nuestra gestoría en Palma estaremos encantados de asesorarte para que cumplas con tus obligaciones fiscales y no te metas en líos.

MODELO 390 – versión anual del Modelo 303, de carácter informativo y obligatorio.

Es obligatorio presentarlo, aunque los importes que tengamos que pagar, compensar o recibir por devolución de Hacienda ya los habremos liquidado cada trimestre. No hay que pagar nada.

MODELO 111- liquidación trimestral del IRPF.

Tendrás que presentarlo si has contratado servicios de profesionales o si tienes trabajadores contratados a los que por lo general les habrás practicado retenciones en sus nóminas. Estas retenciones debes pagarlas mediante el modelo 111 trimestralmente.

MODELO 190 – versión anual del Modelo 111, de carácter informativo y obligatorio.

Tendrás que presentarlo a cierre de ejercicio si presentaste ese Modelo en algún trimestre del año. No se paga ni ingresa porque el IRPF se liquida en cada trimestre, es informativo.

MODELO 130 – autoliquidación trimestral del IRPF.

El IRPF es un impuesto personal, progresivo y directo sobre la renta generada durante el año por las personas físicas residentes en España.

El Modelo 130 es obligatorio cuando no realizamos retenciones en más del 70% de las facturas: entonces presentaremos este modelo para que Hacienda pueda calcular el 20% de nuestro beneficio y cobrárnoslo directamente.
Si realizamos la retención en cada factura que emitimos no debemos presentarlo, porque al retenernos nosotros directamente dejamos esa responsabilidad en manos de quién contrata nuestro servicio. Por ejemplo, si facturo 1.000 € y cobro 790, porque me retienen 210, esa retención la debe declarar el cliente.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 130 nos sale 0?

Significa que el IRPF ya ha sido retenido y por tanto “ya lo hemos pagado” no debemos pagar nada más pero si debemos presentar la declaración.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 130 nos sale positivo?

Será el impuesto a pagar. Tenemos dos opciones para realizar el pago:
– Domiciliación bancaria, si la presentamos antes del día 15 del mes de la presentación del modelo.
– Transferencia bancaria, cargo en cuenta, solicitando un NRC o incluso por tarjeta si ya hemos superado el día 15 del mes de presentación o si nos viene mejor hacerlo así.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 130 nos sale negativo?

Si el 130 sale negativo lo dejaremos a 0, para en la siguiente declaración cobrar la devolución o compensarla.

MODELO 115 – declaración trimestral de alquiler de local u oficinas.

Tenemos que presentarlo si tenemos un local alquilado con retención en la factura.

MODELO 180 – versión anual del Modelo 115, de carácter informativo y obligatorio.

No tienes que pagar más, es únicamente informativo.

MODELO 349 – modelo informativo de operaciones intracomunitarias.

Lo presentaremos si realizamos compras, ventas o servicios entre países miembros de la Unión Europea. Consiste en hacer un listado de proveedores y clientes con los importes de las operaciones.

MODELO 347 – operaciones con terceros por importe superior a 3.001€.

Es anual e informativo, un listado de todas estas operaciones.

Recuerda que en nuestra gestoría en Palma de Mallorca ofrecemos un servicio integral al autónomo y nos encargamos de que cumplas con todas tus obligaciones. Puedes delegar en profesionales y tener la tranquilidad de estar haciendo las cosas bien.

Los modelos son unos formularios que utiliza hacienda para que realices la presentación de tus impuestos y obtener información de tu actividad como autónomo. Estás obligado a presentarlos si estás dado de alta como autónomo. Unos modelos se presentan de forma trimestral y otros anualmente. Es interesante que cuentes con la ayuda de una gestoría, como nuestra gestoría en Palma de Mallorca, que te ayude en la presentación y estén pendientes de que cumplas con todas tus obligaciones.

MODELO 303 – autoliquidación trimestral del IVA.

El IVA es un impuesto sobre las ventas, porcentaje que debemos pagar de más cuando compramos y que debemos recaudar para Hacienda cuando vendemos. La diferencia entre el total del IVA de nuestras ventas menos el total del IVA de nuestras compras nos dará el impuesto a pagar o ingresar.
El Modelo 303 es obligatorio para todo empresario cuya actividad esté sujeta al IVA, debemos declarar nuestra facturación en todos los casos. Inclusive esas facturas que no hayamos cobrado todavía, a no ser que no nos acojamos al criterio de caja. El Modelo 303 se realiza cada 3 meses, los conocidos trimestres, y en él debemos declarar nuestras ventas y compras sujetas a IVA de cada uno de los trimestres. Para calcular el resultado del modelo 303 tendremos que hacer unos cálculos previos y para ello tendremos que elaborar un listado de facturas de ventas separando la base y el IVA. Haremos lo mismo con las facturas de gasto separando la base del IVA de cada factura. Estos listados nos permitirán saber el IVA total de las ventas y el IVA total de las compras. Una vez tengamos el total de IVA de las ventas lo restaremos del total del IVA de las compras y el resultado de esta liquidación será lo que tengamos que pagar a Hacienda.
– Si hemos ingresado más IVA (en nuestras ventas, el IVA repercutido) la declaración saldrá a pagar.
– Si hemos pagado más IVA (en nuestras compras, el IVA soportado) la declaración saldrá a devolver, es decir, será Hacienda quién nos ingrese.
– Si no tuvimos actividad en ese trimestre o si el resultado nos da 0* también debemos presentar la declaración.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 303 nos sale 0?

Esto significa que el IVA de ingresos y el IVA de los gastos se han compensado, de tal manera que no debemos nada a Hacienda por el IVA ni nos tienen que devolver, pero tenemos que presentarlo.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 303 nos sale positivo?

Será el impuesto a pagar. Tenemos dos opciones para realizar el pago:
– Domiciliación bancaria, si la presentamos antes del día 15 del mes de la presentación del modelo.
– Podremos pagar por transferencia bancaria, solicitando un NRC a tu banco, con cargo en cuenta o por tarjeta, si ya hemos superado el día 15 del mes de presentación o si nos viene mejor hacerlo así.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 303 nos sale negativo?

Esto significa que Hacienda nos ha cobrado IVA de más, por lo que podremos recuperar ese importe de dos maneras:

– Compensación. Al presentar el modelo cada trimestre, Hacienda nos da la opción de compensar lo que nos debe con lo que podemos deberle en el siguiente. Los modelos tributarios son acumulativos, de tal modo que si tengo un saldo negativo (a ingresar) en el T1 de -100 y otro positivo (a pagar) de 300 en el T2: -100 +300 = 200 € debo.
– Devolución. También podemos reclamar esas cantidades que Hacienda nos adeuda cada trimestre, pero sólo en el T4: una vez acabado el año. Es importante que tengas las cuentas al día en caso de que te sometan a una inspección. Recuerda que en nuestra gestoría en Palma estaremos encantados de asesorarte para que cumplas con tus obligaciones fiscales y no te metas en líos.

MODELO 390 – versión anual del Modelo 303, de carácter informativo y obligatorio.

Es obligatorio presentarlo, aunque los importes que tengamos que pagar, compensar o recibir por devolución de Hacienda ya los habremos liquidado cada trimestre. No hay que pagar nada.

MODELO 111- liquidación trimestral del IRPF.

Tendrás que presentarlo si has contratado servicios de profesionales o si tienes trabajadores contratados a los que por lo general les habrás practicado retenciones en sus nóminas. Estas retenciones debes pagarlas mediante el modelo 111 trimestralmente.

MODELO 190 – versión anual del Modelo 111, de carácter informativo y obligatorio.

Tendrás que presentarlo a cierre de ejercicio si presentaste ese Modelo en algún trimestre del año. No se paga ni ingresa porque el IRPF se liquida en cada trimestre, es informativo.

MODELO 130 – autoliquidación trimestral del IRPF.

El IRPF es un impuesto personal, progresivo y directo sobre la renta generada durante el año por las personas físicas residentes en España.

El Modelo 130 es obligatorio cuando no realizamos retenciones en más del 70% de las facturas: entonces presentaremos este modelo para que Hacienda pueda calcular el 20% de nuestro beneficio y cobrárnoslo directamente.
Si realizamos la retención en cada factura que emitimos no debemos presentarlo, porque al retenernos nosotros directamente dejamos esa responsabilidad en manos de quién contrata nuestro servicio. Por ejemplo, si facturo 1.000 € y cobro 790, porque me retienen 210, esa retención la debe declarar el cliente.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 130 nos sale 0?

Significa que el IRPF ya ha sido retenido y por tanto “ya lo hemos pagado” no debemos pagar nada más pero si debemos presentar la declaración.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 130 nos sale positivo?

Será el impuesto a pagar. Tenemos dos opciones para realizar el pago:
– Domiciliación bancaria, si la presentamos antes del día 15 del mes de la presentación del modelo.
– Transferencia bancaria, cargo en cuenta, solicitando un NRC o incluso por tarjeta si ya hemos superado el día 15 del mes de presentación o si nos viene mejor hacerlo así.

  • ¿Qué hacer si el Modelo 130 nos sale negativo?

Si el 130 sale negativo lo dejaremos a 0, para en la siguiente declaración cobrar la devolución o compensarla.

MODELO 115 – declaración trimestral de alquiler de local u oficinas.

Tenemos que presentarlo si tenemos un local alquilado con retención en la factura.

MODELO 180 – versión anual del Modelo 115, de carácter informativo y obligatorio.

No tienes que pagar más, es únicamente informativo.

MODELO 349 – modelo informativo de operaciones intracomunitarias.

Lo presentaremos si realizamos compras, ventas o servicios entre países miembros de la Unión Europea. Consiste en hacer un listado de proveedores y clientes con los importes de las operaciones.

MODELO 347 – operaciones con terceros por importe superior a 3.001€.

Es anual e informativo, un listado de todas estas operaciones.

Recuerda que en nuestra gestoría en Palma de Mallorca ofrecemos un servicio integral al autónomo y nos encargamos de que cumplas con todas tus obligaciones. Puedes delegar en profesionales y tener la tranquilidad de estar haciendo las cosas bien.

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