El objetivo es fomento del desarrollo económico regional de ciertas zonas de Baleares a través del apoyo financero a la implantación de proyectos empresariales en la Comunidad Autónoma Balear, con el objecto de corregir los desequilibrios territoriales existentes entre las diferentes regiones.

Tipos de Subvención

Las ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido, expresadas en porcentaje sobre los costes susceptibles de ser subvencionables.

Beneficiarios potenciales

Personas físicas o jurídicas, españolas o que tengan la condición de residentes.

Zonas de promoción económica de la comunidad autónoma de las Islas Baleares

Mallorca

Bunyola, Santa María del Camí, Alaro, Consell, Santa Eulalia, Sencelles, Binissalem, Lloseta, Costitx, Lloret, Montuïri, San Joan, Vilafranca, Petra, Sineu, Inca, Mancor, Selva, Inca, Llubi, María de la salud, Ariany, Selva, Burger, Campanet, Sa Pobla, Muro, Santa Margarita, Arta, Capdepera.

Zonas prioritarias

Las Islas de Menorca, Ibiza y Formentera.

En la isla de Mallorca son zonas prioritarias los términos municipales: Inca, Sineu, Lloseta y la sección censal número 37 del distrito 03 de Palma (UIB-ParcBit).

Sectores que pueden beneficiarse

  • Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.
  • Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.

Requisitos necesarios del proyecto

El proyecto deberá consistir en la creación de nuevos establecemientos, su ampliación y/o modernización, con una inversión mínima de 900.000 euros y se deberá autofinanciar al menos un 25%.

  • Nuevos establecimientos: Deberán ser proyectos para la creación de nuevos establecimientos en los que se vaya a iniciar una actividad empresarial y que creen puestos de trabajo.
  • Ampliaciones: Deben ser proyectos de ampliación para el desarrollo de una actividad ya establecida o la iniciación de otras actividades. Si la actividad ya esta establecida, la inversión deberá aumetar significativamente la capacidad productiva. También deberán generar puestos de trabajo, mantener los existentes.
  • Los proyectos se considerarán de modernización siempre que se cumpla:
  • Que la inversión subvencionada deberá constituir una parte importante de inmovilizado material que compone el establecimiento que se moderniza. Esta modernización deberá implicar la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada y que motive un aumento importante de la productividad.
  • Que la inversión suponga una diversificación de la producción para atender a un mercado de productos nuevos o que transforme el proceso global de producción de un establecimiento existente.
  • Se deben mantener todos los puestos de trabajo.

Las grandes empresas, sólo se podrán beneficiar de esta subvención en inversiones iniciales que atraigan nuevas actividades a esas areas geográficas y ayuden a la diversificación de los establecimientos existentes.

Elementos de susceptibles de subvención

  • Obra Civil.
  • Bienes de Equipo, excluyendo los elementos de transporte exteriores.
  • En el caso de pequeñas y medianas empresas, se podrán incluir hasta el 50% de los costes derivados de los estudios previos del proyecto.
  • Activos inmateriales, siempre y cuando no excedan del 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
  • Otros conceptos, excepcionalmente. Se apreciará la excepcionalidade en aqueles proyectos de carácter singular por la naturaleza de la inversión.

Cuantía de las ayudas

Las cantidades máximas serán del 10 por ciento de la inversión para las grandes empresas, del 20 por ciento de la inversión para las medianas empresas y del 30 por ciento de la inversión para las pequeñas empresas.

El porcentaje de subvención concedido está directamente relacionado con la inversión, el número de puestos de trabajo creados y la utilización de factores productivos de la zona. En el caso de ampliaciones se valorará el incremento de la produtividad, la tecnología avanzada que se incorpore al proyecto y el impacto economico en la zona.

En las zonas definidas como prioritarias, el porcentaje de subvención se incrementará en un 20%, dentro de las porcentajes máximas sobre la inversión aprobada.

Plazos de presentación

Se podrán hacer solicitudes hasta el 31 de diciembre del años 2020.

La solicitud debe presentarse antes de iniciar la inversión. Las inversiones se podrán realizar sin necesidad de esperar la resolución final siempre que no se hayan iniciado antes de presentar la solicitud.

El objetivo es fomento del desarrollo económico regional de ciertas zonas de Baleares a través del apoyo financero a la implantación de proyectos empresariales en la Comunidad Autónoma Balear, con el objecto de corregir los desequilibrios territoriales existentes entre las diferentes regiones.

Tipos de Subvención

Las ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido, expresadas en porcentaje sobre los costes susceptibles de ser subvencionables.

Beneficiarios potenciales

Personas físicas o jurídicas, españolas o que tengan la condición de residentes.

Zonas de promoción económica de la comunidad autónoma de las Islas Baleares

Mallorca

Bunyola, Santa María del Camí, Alaro, Consell, Santa Eulalia, Sencelles, Binissalem, Lloseta, Costitx, Lloret, Montuïri, San Joan, Vilafranca, Petra, Sineu, Inca, Mancor, Selva, Inca, Llubi, María de la salud, Ariany, Selva, Burger, Campanet, Sa Pobla, Muro, Santa Margarita, Arta, Capdepera.

Zonas prioritarias

Las Islas de Menorca, Ibiza y Formentera.

En la isla de Mallorca son zonas prioritarias los términos municipales: Inca, Sineu, Lloseta y la sección censal número 37 del distrito 03 de Palma (UIB-ParcBit).

Sectores que pueden beneficiarse

  • Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.
  • Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.

Requisitos necesarios del proyecto

El proyecto deberá consistir en la creación de nuevos establecemientos, su ampliación y/o modernización, con una inversión mínima de 900.000 euros y se deberá autofinanciar al menos un 25%.

  • Nuevos establecimientos: Deberán ser proyectos para la creación de nuevos establecimientos en los que se vaya a iniciar una actividad empresarial y que creen puestos de trabajo.
  • Ampliaciones: Deben ser proyectos de ampliación para el desarrollo de una actividad ya establecida o la iniciación de otras actividades. Si la actividad ya esta establecida, la inversión deberá aumetar significativamente la capacidad productiva. También deberán generar puestos de trabajo, mantener los existentes.
  • Los proyectos se considerarán de modernización siempre que se cumpla:
  • Que la inversión subvencionada deberá constituir una parte importante de inmovilizado material que compone el establecimiento que se moderniza. Esta modernización deberá implicar la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada y que motive un aumento importante de la productividad.
  • Que la inversión suponga una diversificación de la producción para atender a un mercado de productos nuevos o que transforme el proceso global de producción de un establecimiento existente.
  • Se deben mantener todos los puestos de trabajo.

Las grandes empresas, sólo se podrán beneficiar de esta subvención en inversiones iniciales que atraigan nuevas actividades a esas areas geográficas y ayuden a la diversificación de los establecimientos existentes.

Elementos de susceptibles de subvención

  • Obra Civil.
  • Bienes de Equipo, excluyendo los elementos de transporte exteriores.
  • En el caso de pequeñas y medianas empresas, se podrán incluir hasta el 50% de los costes derivados de los estudios previos del proyecto.
  • Activos inmateriales, siempre y cuando no excedan del 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
  • Otros conceptos, excepcionalmente. Se apreciará la excepcionalidade en aqueles proyectos de carácter singular por la naturaleza de la inversión.

Cuantía de las ayudas

Las cantidades máximas serán del 10 por ciento de la inversión para las grandes empresas, del 20 por ciento de la inversión para las medianas empresas y del 30 por ciento de la inversión para las pequeñas empresas.

El porcentaje de subvención concedido está directamente relacionado con la inversión, el número de puestos de trabajo creados y la utilización de factores productivos de la zona. En el caso de ampliaciones se valorará el incremento de la produtividad, la tecnología avanzada que se incorpore al proyecto y el impacto economico en la zona.

En las zonas definidas como prioritarias, el porcentaje de subvención se incrementará en un 20%, dentro de las porcentajes máximas sobre la inversión aprobada.

Plazos de presentación

Se podrán hacer solicitudes hasta el 31 de diciembre del años 2020.

La solicitud debe presentarse antes de iniciar la inversión. Las inversiones se podrán realizar sin necesidad de esperar la resolución final siempre que no se hayan iniciado antes de presentar la solicitud.

Seguir leyendo

Gestoría en Palma de Mallorca.

Si buscas una gestoría cerca de ti, asesoramos a empresas en el ámbito laboral, fiscal y contable. También somos una gestoría administrativa en Palma y realizamos traspasos de vehículos.

Oficina Palma (Avenidas)

Envíanos un formulario

Mándanos un Whastapp