En esta época del año, en nuestra gestoría en Palma ya se nota que ha llegado la temporada de empezar a ocuparse de la declaración de la renta. Todos queremos pagar lo menos posible y lo que pagarás está directamente relacionado con los gastos que puedas incluir de manera legal en tu declaración y en aplicar todas las deducciones posibles. En nuestra gestoría en Palma podemos ayudarte con la declaración de la renta para que pagues lo menos posible, de acuerdo con la ley, y en este artículo te comentamos los gastos que puedes incluir en tu declaración.

Incluye todos los gastos aceptados por hacienda

Los criterios que tiene Hacienda para considerar que un gasto sea deducible son los siguientes:

  • Deben ser gastos vinculados a la actividad económica realizada por el autónomo.
  • Debes tener justificantes, preferiblemente facturas, aunque a veces se puede justificar con recibos.
  • Debes tenerlos registrados en tu contabilidad, en tus libros de gastos e inversiones.

Hacienda clasifica los gastos que puedes deducirte en tu declaración de la renta de la siguiente forma:

Consumos de explotación

Se consideran consumos de explotación las compras consumidas en 2017 de mercaderías, materias primas y demás adquisiciones corrientes de bienes efectuadas a terceros. También se incluyen aquí todos los gastos adicionales relacionados con esa adquisición: gastos de transporte, aduanas, seguros…

Gastos relacionados con tus trabajadores

Si tienes trabajadores, en este apartado puedes incluir sus sueldos y las dietas que hayas tenido que pagarles, o gastos de viaje. No olvides que si cobran una parte en especie también puedes incluirlo.
También se incluyen los cursos que hayan realizado tus trabajadores, las indemnizaciones que hayas tenido que pagarles (por despido, por ejemplo). No olvidarse de declarar los seguros de accidente para los trabajadores o los planes de pensiones en los que ellos participen.
Si trabajan contigo tu pareja o hijos menores también podrás incluir sus salarios, pero siempre que su salario esté dentro de mercado. Si está por encima de los salarios de mercado sólo podrás deducir lo que se paga en el mercado por ese trabajo.

Seguridad Social:

En este apartado tienes que incluir tu cuota de autónomo y lo que pagas a la Seguridad Social, si tienes trabajadores.
Si tienes seguro médico privado también lo puedes incluir en este apartado, pero sólo hasta un importe de 500 euros. También puedes incluir el seguro de tu cónyuge, hasta los 500 euros, y hasta 500 euros más por cada uno de los seguros de tus hijos menores de 25 años. En caso de discapacidad de alguno de los miembros puedes deducir hasta 1.500 euros.

Arrendamientos y cánones:

En este apartado tienes que incluir el gasto de alquiler de tu oficina o taller, vehículos, maquinaria, etc. También deberás incluir aquí lo que hayas pagado por el uso de patentes, marcas y demás manifestaciones de la propiedad industrial.

Amortización de tus bienes de inversión:

Si has adquirido inmovilizado de más de 300 euros, que no va ser consumido en un solo ejercicio sino en varios, deberás amortizarlo y distribuir ese “gasto” entre los años que vas a utilizar dicho inmovilizado. Esto se hace de acuerdo a unas tablas contables.

Reparaciones y conservación del inmovilizado:

Los gastos de mantenimiento, repuestos y adaptación de bienes materiales podrás deducirlos. Podrás deducirte, por ejemplo, el gasto de reparar tu ordenador.

Servicios de profesionales independientes:

Aquí se incluyen los servicios de gestoría, abogados, notarios y asesores entre otros.

Otros servicios exteriores:

En este apartado puedes incluir los gastos de transporte, las primas de seguro, los gastos bancarios y los publicitarios.

Impuestos:

Podrás deducir el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) de tu oficina o taller. Si lo pagas tarde, ten en cuenta que el recargo no es deducible. Las multas de la Administración en general no son deducibles en ningún caso.

Gastos financieros:

Aquí se incluyen los intereses de préstamos y créditos, gastos de descuento de efectos, recargos por aplazamiento de pago de deudas y los intereses, también, si te retrasas en los pagos a Hacienda.

Otros conceptos fiscalmente deducibles:

En este apartado deberás incluir el resto de gastos que, teniendo el carácter de deducibles, no puedas clasificarlos en otras categorías.

Deducciones si un cliente no te paga una factura

Si enviaste una factura a un cliente y no la has cobrado, pasados 6 meses desde la fecha en que la emitiste podrás incluir el importe de esa factura como gasto deducible. Los 6 meses tienen que haberse cumplido a 31 de diciembre.

Deducciones para nuevos autónomos

Si has iniciado tu actividad como autónomo en 2017 tienes una deducción especial en la Renta.
Esta deducción consiste en una reducción del 20% del rendimiento neto positivo declarado, tanto en este año 2017 como en el siguiente. Las condiciones son que no hayas superado los 100.000 euros anuales de rendimiento y que el 50% de tus ingresos, como nuevo autónomo en 2017, no procedan de una persona o entidad para la que hubieras trabajado, por cuenta ajena, en el año anterior al que te diste de alta como autónomo.

Deducciones si haces la renta en Palma de Mallorca.

Si tienes tu residencia habitual en Baleares ten en cuenta que la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares regula deducciones propias, de aplicación a quienes tengan su residencia habitual en Baleares. Revisa si puedes aplicarte alguna de ellas:

En esta época del año, en nuestra gestoría en Palma ya se nota que ha llegado la temporada de empezar a ocuparse de la declaración de la renta. Todos queremos pagar lo menos posible y lo que pagarás está directamente relacionado con los gastos que puedas incluir de manera legal en tu declaración y en aplicar todas las deducciones posibles. En nuestra gestoría en Palma podemos ayudarte con la declaración de la renta para que pagues lo menos posible, de acuerdo con la ley, y en este artículo te comentamos los gastos que puedes incluir en tu declaración.

Incluye todos los gastos aceptados por hacienda

Los criterios que tiene Hacienda para considerar que un gasto sea deducible son los siguientes:

  • Deben ser gastos vinculados a la actividad económica realizada por el autónomo.
  • Debes tener justificantes, preferiblemente facturas, aunque a veces se puede justificar con recibos.
  • Debes tenerlos registrados en tu contabilidad, en tus libros de gastos e inversiones.

Hacienda clasifica los gastos que puedes deducirte en tu declaración de la renta de la siguiente forma:

Consumos de explotación

Se consideran consumos de explotación las compras consumidas en 2017 de mercaderías, materias primas y demás adquisiciones corrientes de bienes efectuadas a terceros. También se incluyen aquí todos los gastos adicionales relacionados con esa adquisición: gastos de transporte, aduanas, seguros…

Gastos relacionados con tus trabajadores

Si tienes trabajadores, en este apartado puedes incluir sus sueldos y las dietas que hayas tenido que pagarles, o gastos de viaje. No olvides que si cobran una parte en especie también puedes incluirlo.
También se incluyen los cursos que hayan realizado tus trabajadores, las indemnizaciones que hayas tenido que pagarles (por despido, por ejemplo). No olvidarse de declarar los seguros de accidente para los trabajadores o los planes de pensiones en los que ellos participen.
Si trabajan contigo tu pareja o hijos menores también podrás incluir sus salarios, pero siempre que su salario esté dentro de mercado. Si está por encima de los salarios de mercado sólo podrás deducir lo que se paga en el mercado por ese trabajo.

Seguridad Social:

En este apartado tienes que incluir tu cuota de autónomo y lo que pagas a la Seguridad Social, si tienes trabajadores.
Si tienes seguro médico privado también lo puedes incluir en este apartado, pero sólo hasta un importe de 500 euros. También puedes incluir el seguro de tu cónyuge, hasta los 500 euros, y hasta 500 euros más por cada uno de los seguros de tus hijos menores de 25 años. En caso de discapacidad de alguno de los miembros puedes deducir hasta 1.500 euros.

Arrendamientos y cánones:

En este apartado tienes que incluir el gasto de alquiler de tu oficina o taller, vehículos, maquinaria, etc. También deberás incluir aquí lo que hayas pagado por el uso de patentes, marcas y demás manifestaciones de la propiedad industrial.

Amortización de tus bienes de inversión:

Si has adquirido inmovilizado de más de 300 euros, que no va ser consumido en un solo ejercicio sino en varios, deberás amortizarlo y distribuir ese “gasto” entre los años que vas a utilizar dicho inmovilizado. Esto se hace de acuerdo a unas tablas contables.

Reparaciones y conservación del inmovilizado:

Los gastos de mantenimiento, repuestos y adaptación de bienes materiales podrás deducirlos. Podrás deducirte, por ejemplo, el gasto de reparar tu ordenador.

Servicios de profesionales independientes:

Aquí se incluyen los servicios de gestoría, abogados, notarios y asesores entre otros.

Otros servicios exteriores:

En este apartado puedes incluir los gastos de transporte, las primas de seguro, los gastos bancarios y los publicitarios.

Impuestos:

Podrás deducir el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) de tu oficina o taller. Si lo pagas tarde, ten en cuenta que el recargo no es deducible. Las multas de la Administración en general no son deducibles en ningún caso.

Gastos financieros:

Aquí se incluyen los intereses de préstamos y créditos, gastos de descuento de efectos, recargos por aplazamiento de pago de deudas y los intereses, también, si te retrasas en los pagos a Hacienda.

Otros conceptos fiscalmente deducibles:

En este apartado deberás incluir el resto de gastos que, teniendo el carácter de deducibles, no puedas clasificarlos en otras categorías.

Deducciones si un cliente no te paga una factura

Si enviaste una factura a un cliente y no la has cobrado, pasados 6 meses desde la fecha en que la emitiste podrás incluir el importe de esa factura como gasto deducible. Los 6 meses tienen que haberse cumplido a 31 de diciembre.

Deducciones para nuevos autónomos

Si has iniciado tu actividad como autónomo en 2017 tienes una deducción especial en la Renta.
Esta deducción consiste en una reducción del 20% del rendimiento neto positivo declarado, tanto en este año 2017 como en el siguiente. Las condiciones son que no hayas superado los 100.000 euros anuales de rendimiento y que el 50% de tus ingresos, como nuevo autónomo en 2017, no procedan de una persona o entidad para la que hubieras trabajado, por cuenta ajena, en el año anterior al que te diste de alta como autónomo.

Deducciones si haces la renta en Palma de Mallorca.

Si tienes tu residencia habitual en Baleares ten en cuenta que la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares regula deducciones propias, de aplicación a quienes tengan su residencia habitual en Baleares. Revisa si puedes aplicarte alguna de ellas:

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