Si eres empresario y tienes personal a tu cargo ahora debes controlar el horario laboral de los trabajadores. La Inspección de Trabajo y la Seguridad Social te exige ahora la llevanza estricta de las horas trabajadas, por tus empleados, tanto a tiempo parcial como a jornada completa. De lo contrario, como siempre advertimos en nuestra gestoría de Palma, podrías sufrir sanciones administrativas.
Para evitarlo, asesórate con profesionales de la asesoría laboral en Palma: así evitarás sorpresas desagradables con nóminas y contratos erróneos, y te ayudarán a llevar ese registro de horas tan importante. Y para hacerte más fácil tu tarea de registro, te adjuntamos aquí una sencilla plantilla de control de horas por trabajador.
Si quieres hacer las cosas bien, estás obligado a cumplir con protocolos de control, que te permitan llevar este registro de la jornada laboral. Estamos hablando de la aplicación del Real Decreto-ley 8/2019, del 8 de marzo de 2019: una batería de medidas urgentes, para regular el mercado laboral, que redundan en que tienes que llevar este registro de horas trabajadas y llevarlo bien.
En el contrato del empleado a tiempo parcial tenemos que cumplir estas condiciones:
- Plasmar claramente cómo es la jornada laboral, cómo se distribuye, para evitar que se puedan acomodar las horas y “hacer trampas” a empleados e inspecciones.
- Cuenta mensual de horas ordinarias y extraordinarias. Una copia de este listado se proporcionará al trabajador, junto a su nómina.
- Guardar estos registros de jornada por un plazo mínimo de 4 años.
¿Qué te puede pasar si no cumples con estos requerimientos?
La Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, LISOS, se ocupa de las siguientes infracciones:
- Los incumplimientos de los horarios. Inclusive los descansos, el horario nocturno, las horas extraordinarias y complementarias, los permisos, las vacaciones, etc.
- El mismo control de la jornada laboral será motivo de sanción, si no se lleva correctamente.
Las sanciones oscilarán entre los 626 y 6.250 euros. Y cumplir con las normas empieza por hacer bien el contrato, porque si no esto puede acarrearte una infracción leve. Y cuidado con no hacer bien el contrato de jornada a tiempo parcial, porque podría llegar a considerarse como de jornada completa. Si quieres redactar bien tus contratos, recurre a una gestoría en Palma que lo haga por ti.
Para controlar los horarios, es muy importante que cuentes con una plantilla separada, por cada trabajador, de la que además debes guardar una copia para él/ella. Copia que deberás entregarle junto a la nómina (Puedes descargarte la plantilla para el control del horario laboral). Y puedes hacerla como quieras, pero debería incluir estos datos:
- Identificación de la empresa y del trabajador.
- Horario de trabajo concreto, que se contempla en el contrato del trabajador. Y hay que diferenciar las horas ordinarias y complementarias de cada día.
- Firma del representante legal de la empresa y del trabajador.
En pocas palabras, esta Ley de 2019 refuerza este control de las horas trabajadas, de tal manera que ahora es obligatorio cumplirlo bajo sanción. Por lo tanto, no hay ninguna excusa para no cumplir y no sólo por una inspección: nuestro propio trabajador podría reclamarnos su resumen de horas trabajadas.
Para ayudarte en tu tarea de registro, en nuestra gestoría de Palma hemos preparado para ti una sencilla plantilla de control de horas trabajadas por trabajador que esperamos te sea de ayuda.
Si eres empresario y tienes personal a tu cargo ahora debes controlar el horario laboral de los trabajadores. La Inspección de Trabajo y la Seguridad Social te exige ahora la llevanza estricta de las horas trabajadas, por tus empleados, tanto a tiempo parcial como a jornada completa. De lo contrario, como siempre advertimos en nuestra gestoría de Palma, podrías sufrir sanciones administrativas.
Para evitarlo, asesórate con profesionales de la asesoría laboral en Palma: así evitarás sorpresas desagradables con nóminas y contratos erróneos, y te ayudarán a llevar ese registro de horas tan importante. Y para hacerte más fácil tu tarea de registro, te adjuntamos aquí una sencilla plantilla de control de horas por trabajador.
Si quieres hacer las cosas bien, estás obligado a cumplir con protocolos de control, que te permitan llevar este registro de la jornada laboral. Estamos hablando de la aplicación del Real Decreto-ley 8/2019, del 8 de marzo de 2019: una batería de medidas urgentes, para regular el mercado laboral, que redundan en que tienes que llevar este registro de horas trabajadas y llevarlo bien.
En el contrato del empleado a tiempo parcial tenemos que cumplir estas condiciones:
- Plasmar claramente cómo es la jornada laboral, cómo se distribuye, para evitar que se puedan acomodar las horas y “hacer trampas” a empleados e inspecciones.
- Cuenta mensual de horas ordinarias y extraordinarias. Una copia de este listado se proporcionará al trabajador, junto a su nómina.
- Guardar estos registros de jornada por un plazo mínimo de 4 años.
¿Qué te puede pasar si no cumples con estos requerimientos?
La Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, LISOS, se ocupa de las siguientes infracciones:
- Los incumplimientos de los horarios. Inclusive los descansos, el horario nocturno, las horas extraordinarias y complementarias, los permisos, las vacaciones, etc.
- El mismo control de la jornada laboral será motivo de sanción, si no se lleva correctamente.
Las sanciones oscilarán entre los 626 y 6.250 euros. Y cumplir con las normas empieza por hacer bien el contrato, porque si no esto puede acarrearte una infracción leve. Y cuidado con no hacer bien el contrato de jornada a tiempo parcial, porque podría llegar a considerarse como de jornada completa. Si quieres redactar bien tus contratos, recurre a una gestoría en Palma que lo haga por ti.
Para controlar los horarios, es muy importante que cuentes con una plantilla separada, por cada trabajador, de la que además debes guardar una copia para él/ella. Copia que deberás entregarle junto a la nómina (Puedes descargarte la plantilla para el control del horario laboral). Y puedes hacerla como quieras, pero debería incluir estos datos:
- Identificación de la empresa y del trabajador.
- Horario de trabajo concreto, que se contempla en el contrato del trabajador. Y hay que diferenciar las horas ordinarias y complementarias de cada día.
- Firma del representante legal de la empresa y del trabajador.
En pocas palabras, esta Ley de 2019 refuerza este control de las horas trabajadas, de tal manera que ahora es obligatorio cumplirlo bajo sanción. Por lo tanto, no hay ninguna excusa para no cumplir y no sólo por una inspección: nuestro propio trabajador podría reclamarnos su resumen de horas trabajadas.
Para ayudarte en tu tarea de registro, en nuestra gestoría de Palma hemos preparado para ti una sencilla plantilla de control de horas trabajadas por trabajador que esperamos te sea de ayuda.
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