Muchos de los clientes de nuestra gestoría en Palma nos preguntan cómo solicitar el Kit Digital, sus requisitos y los importes que pueden llegar a recibir.

El programa Kit Digital se engloba dentro de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se encuentra financiado por la Unión Europea por medio de los fondos comunitarios Next Generación UE.

El programa Kit Digital tiene el objetivo fundamental de potenciar la digitalización de cientos de miles de pymes y autónomos del territorio español, con el propósito de que puedan acceder a nuevos mercados y oportunidades y desarrollar su verdadero potencial.

Para ello, el Gobierno destinará a este objetivo más de 3.000 millones de euros entre 2021 y 2023.gestoría en Palma de Mallorca

Desde el 15 de marzo ya pueden solicitar el Bono Digital las pymes y autónomos con plantillas de entre 10 y 49 empleados.

Según el número de empleados y la categoría en que está inscrita la empresa, dentro de los epígrafes posibles, pueden clasificarse como:

  • Pequeñas empresas de 10 a 49 empleados (Segmento I).
  • Pequeñas empresas: de 3 a 9 empleados (Segmento II).
  • Pequeñas empresas de entre 0 a 2 empleados (Segmento III).

Desde el 15 de marzo, estuvieron en tiempo de pedir su Bono Digital las empresas del Segmento I, con plantillas de entre 10 y 49 empleados. Lamentablemente, este cupo fue copado en pocas horas y ya no quedan fondos disponibles para ese segmento.

Esta primera convocatoria de ayudas supone para el Estado una inversión de 500 millones de euros.

El Kit Digital está formado por un bono de hasta 12.000€ para las empresas con plantillas de entre 10 y 49 empleados. Unas ayudas que ya han sido distribuidas para esas empresas con ese rango de personal, en función de la categoría y del tiempo necesario para implantar esta mejora digital.

El objetivo esencial es que las pequeñas y medianas empresas puedan adquirir servicios para potenciar la ciberseguridad o para tener su propia página web.

¿Cuándo se podrán pedir las ayudas del kit digital para las empresas de los Segmentos II y III?

Las fechas previstas para solicitar las ayudas del Kit Digital para los Segmentos II y III son junio y septiembre respectivamente. Es importante tener claro cómo solicitar el kit digital en Palma de Mallorca para que no nos pille el toro y beneficiarnos de esta oportunidad.

¿Cómo calcular la plantilla de mi empresa para el Kit Digital? ¿No tienes muy claro en qué Segmento se encuadra tu empresa?

Para el cálculo del número de trabajadores para el kit digital debes de tener en cuenta los días y las horas que se ha cotizado durante todo 2021.

Es bueno recordar que un trabajador a media jornada cuenta como medio trabajador aquí.

Y es importante que calcules de forma correcta el número de trabajadores de tu empresa para determinar en qué Segmento se localiza y poder optar al Bono Digital sin problemas.

Si quieres calcular el número de trabajadores tendrás que acceder a la web de la Seguridad Social y buscar dentro del apartado que se llama Sistema RED.

Ahí podrás consultar la opción denominada ‘Informe plantilla media de trabajadores en alta’ y tendrás acceso a todos los datos sobre la plantilla media de tu empresa en un período de referencia. En este caso, se trataría del año 2021 completo.

¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas del Segmento I para optar al Kit Digital?

Para poder optar al Kit Digital, las empresas del Segmento I tendrán que demostrar que cumplen los siguientes requisitos:

  • Ser pequeñas empresas o trabajadores del régimen de autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
  • Ser una empresa registrada en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo correspondiente de la Administración Tributaria Foral. Y se deberá mostrar la actividad económica que se está desarrollando a la fecha de solicitud de la ayuda, con una antigüedad mínima de al menos 6 meses.
  • Si se ha realizado una modificación del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración a la administración Tributaria Foral, o viceversa, se va a considerar el período en el cual hemos estado inscritos en ambos.
  • No asumir la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No ser objeto de una orden de recuperación en curso, tras una decisión previa de la Comisión Europea, que haya podido declarar una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • La compañía no puede estar incluida en los supuestos de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No sobrepasar el límite de ayudas de minimis.
  • Estar en posesión de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el diagnóstico disponible en Acelera pyme.

¿Qué tipo de empresas están excluidas del Kit Digital?

No podrán beneficiarse del Bono Digital los siguientes tipos de empresas:

Las personas físicas o jurídicas que ya sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni tampoco aquéllas con las que tales agentes contraten o subcontraten servicios de soluciones de digitalización.

Las empresas públicas y las entidades de Derecho público.

Los colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios inclusas en régimen de propiedad horizontal o cualquier otra clase de unidad económica o patrimonio separado que no tenga personalidad jurídica

¿Cómo se solicita el Kit Digital?

Las pymes y autónomos tendrán que solicitar su Bono del Kit Digital a través de un solicitante, representante legal o representante voluntario autorizado y solamente a través del formulario automatizado que encontrarán, a su disposición, en la Sede Electrónica de Red.es.

Podremos acceder a este formulario, también, desde el portal Acelera Pyme. Y en él se incluirá:

  • NIF de la persona que solicita.
  • Nombre legal de la persona física o razón social de la persona jurídica.
  • Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
  • Teléfono y otros datos de contacto.
  • En su caso, si procede, autorización del representante voluntario.

Los representantes voluntarios deberán aportar, junto a la solicitud, una autorización válida de representación voluntaria. Un documento que podrán descargarla en la Sede Electrónica de Red.es.

Cada representante voluntario podrá procesar un máximo de 500 solicitudes al día.

Si hubiese algún error en el trámite, el Órgano Instructor va a solicitar su subsanación por medio de notificación electrónica. Y las pymes y autónomos se verán sujetas a un plazo de 10 días hábiles para solventarlo.

Recordar que, como paso anterior a la solicitud de las ayudas para la transformación digital, se tendrá que hacer un test de autodiagnóstico al que podrán acceder todas las pymes. El objetivo de este test es conocer el estado actual de digitalización de la empresa y descubrir en qué factores debe mejorar.

Este test se llevará a cabo en la plataforma Acelera Pyme.

Como hemos dicho, la primera fase empezó el 15 de marzo de 2022 y se iban a destinar 500 millones de euros, para empresas de entre 10 y 49 empleados, aunque ese importe ya se ha repartido.

En esta primera convocatoria, el importe máximo de las ayudas por beneficiario era de 12.000 €.

¿Cuándo podrán empezar a beneficiarse las empresas del Bono Digital?

Las pymes y autónomos de entre 10 y 49 empleados ya pudieron solicitar su bono del Kit Digital desde el 15 de marzo de 2022. Y ahora empiezan los plazos para las siguientes tandas de empresas con plantillas de menos empleados/as.

¿Qué hay que hacer para poder optar al cobro de la subvención del Kit Digital?

La empresa beneficiaria tiene que elegir y contratar la solución digitalizadora que más se pueda adaptar a sus necesidades concretas.

Después, tendrán que llevar a cabo un Acuerdo de Prestación.

El plazo máximo para hacer formal el Acuerdo de Prestación será de 6 meses desde que se comunique la concesión definitiva de la ayuda.

La empresa podrá formalizar acuerdos de prestación hasta completar el importe total de la subvención concedida.

¿A qué clase de soluciones digitales podrán destinarse las subvenciones del Kit Digital?

El Bono Digital podrá ser utilizado para soluciones de digitalización que posibiliten reemplazar las soluciones ya existentes, eso sí, siempre que impliquen una mejora operativa.

Por tanto, las soluciones digitales a implementar tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe ser una solución totalmente novedosa.
  • La solución a sustituir no puede significar la evolución de servicios y funcionalidades de la solución que ya está en curso.

¿Cuál es el monto de la ayuda del Kit Digital para pymes y autónomos con plantillas de entre 10 y 49 empleados?

Los importes máximos de la ayuda del Kit Digital, siempre en función de la correspondiente la Categoría de Soluciones de Digitalización, así como de la duración del servicio, serán los que siguen.

Categoría de soluciones digitales  Meses de servicio Importe para pymes y autónomos (Segmento I)
Sitio Web y Presencia en Internet 12 2.000 €
Comercio electrónico 12 2.000 €
Gestión de redes sociales 12 2.5000 €
Gestión de clientes 12 4.000 € (incluye 3 usuarios)
Business Intelligence y Analítica 12 4.000 € (incluye 3 usuarios)
Gestión de procesos 12 6.000 € (incluye 10 usuarios)
Factura electrónica 12 1.000 € (incluye 3 usuarios)
Servicios y herramientas de oficina virtual 12 250 € por usuario (hasta 48 usuarios)
Comunicaciones seguras 12 125 € por usuario (hasta 48 usuarios)
Ciberseguridad 12 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos)

El importe de la ayuda que se puede asignar a cada solución de digitalización será el de menos cuantía de los siguientes:

  • Ayuda máxima de la Categoría de Solución de Digitalización en la que se encuadra la solución de digitalización.
  • Coste de la solución de digitalización que hemos contratado.
  • El monto de la subvención que se nos concede no asociado a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.

Serán subvencionables los gastos que afronte el beneficiario para implementar las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización, pero siempre dentro de los límites de las cuantías máximas.

¿Cómo se solicita?

Cómo solicitar el bono digital
  1. Hay que registrarse en acelerapyme.es. Rellena el ‘test de autodiagnóstico’ sobre el nivel de digitalización de la empresa. …
  2. Consulta el catálogo de soluciones digitales. …
  3. Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es).

¿Cómo se otorga el Bono Digital?

El Bono del Kit Digital se otorga de forma directa y siguiendo el criterio de orden de envío de solicitudes.

Las resoluciones se van a notificar siempre a través de la Sede Electrónica de Red.es. Y también de forma personal a los beneficiarios.

¿Cuándo se cobra el Bono Digital?

El Bono Digital se podrá cobrar toda vez que se justifique correctamente la solución digitalizadora que hemos implementado.

Para ello, la pyme o el autónomo que se beneficia de esta solución tiene que contratar una de las soluciones digitales que puede elegir en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

Una vez que decide qué solución va a contratar, el empresario deberá hacer formal la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización que está a su disposición en la Sede Electrónica de Red.es.

El plazo máximo para formalizar los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización es siempre de 6 meses, plazo para que comienza a partir de la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.

En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización que corresponden a reemplazo de soluciones ya adoptadas se tienen que explicar las mejoras funcionales de la solución implantada con respecto a la que el empresario ya tenía previamente.

A partir de ahí, el agente digitalizador tendrá que justificar, en nombre de la empresa beneficiaria, con los comprobantes de gasto que justifiquen en qué se ha utilizado el Bono Digital.

Esta justificación de los gastos se podrá realizar a través de un formulario electrónico que estará a disposición de todos los usuarios en la Sede Electrónica de Red.es (accesible desde la Plataforma Acelera Pyme).

El plazo máximo para presentar todos los justificantes será de 3 meses desde que termina la prestación de los servicios.

El pago de las ayudas del Kit Digital se va a ejecutar siempre en 2 fases

En la primera fase, los pagos van a tener la consideración de pagos a cuenta. Para poder recibir este pago, el beneficiario tendrá que estar al día de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Si el beneficiario no cumple con estas normas, tendrá que asumir por su cuenta la obligación de pago al Agente Digitalizador Adherido con los costes.

¿Qué requisitos deben reunir los agentes digitalizadores para poder prestar sus servicios a las pymes y a los autónomos dentro del kit digital?

El plazo para que los agentes digitalizadores puedan comunicar sus soluciones tecnológicas y de innovación ya está abierto desde hace un tiempo.

Desde el 10 de marzo está activo el Catálogo de Agentes Digitalizadores, con los primeros agentes que van a tomar parte en el programa. Puedes acceder a la información en la Plataforma Acelera Pyme.

Los agentes digitalizadores serán los responsables de poner a disposición las herramientas necesarias para las pymes y autónomos, siempre con el fin de lograr una evolución y una digitalización completas de sus procedimientos de trabajo.

Los requisitos que deben cumplir los agentes digitalizadores para poder ofrecer sus servicios aquí son:

  • Encontrarse al corriente de pagos con la seguridad social y la agencia tributaria.
  • Tener una facturación de más de 100.000 € al año. Para el caso de los emprendedores en situación de autoempleo, sin plantilla de trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos 2 ejercicios anteriores, a considera desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión.
  • No encontrarse en una situación de crisis.
  • Mostrar, al menos, 2 años de antigüedad.

¿Cuáles son las categorías contempladas en el catálogo de servicios para potenciar la transformación digital?

El catálogo de soluciones de digitalización del programa está disponible en la plataforma Acelera pyme.

Todas las categorías de soluciones de digitalización van a exigir de las soluciones de digitalización la realización de un servicio de soporte para incidencias, con un plazo para resolverlas de menos de 24 horas. Un soporte que podrá realizarse de forma remota.

Además, los agentes digitalizadores deberán ofrecer a sus clientes la formación precisa que les permita manejar bien estas innovaciones:

  • Presencia en Internet y sitio web. En esta categoría concretar se contempla las soluciones sobre cómo crear una página web para la pyme con el objeto de dar visibilidad a los productos que ofrece esta empresa en Internet y llegar a un mayor número de potenciales clientes.
  • Comercio electrónico. El fin es establecer una tienda online para la compraventa de productos y/o servicios.
  • Gestión de redes sociales para promocionar la pyme en las distintas redes sociales: Instagram, Facebook, LinkedIn, etc.
  • Gestión de clientes y/o proveedores. El objetivo es lograr eguir una evolución de la gestión de las relaciones de todo tipo con los clientes. Estar más comunicados con ellos.
  • Business Intelligence y analítica para optimizar la toma de decisiones de la pyme.
  • Servicios y herramientas de oficina virtualque tienen el objetivo de estipular medidas interactivas para mejorar la comunicación y el trabajo en equipo entre los empleados.
  • Gestión de procesos para la automatización de la pyme.
  • Factura electrónica para aligerar el ritmo de emisión de facturas y hacer el proceso más profesional.
  • Comunicaciones seguras. Esta categoría tiene como fin mejorar la seguridad en los dispositivos y comunicaciones de los trabajadores de la pyme.
  • Ciberseguridad para optimizar un uso seguro y fiable de los dispositivos electrónicos y sortear posibles hackeos y protegerse frente a robos de información confidencial.

El proyecto del Gobierno es continuar repartiendo nuevas ayudas entre 2022 y 2023 hasta completar los 3.000 millones de euros disponibles.

Muchos de los clientes de nuestra gestoría en Palma nos preguntan cómo solicitar el Kit Digital, sus requisitos y los importes que pueden llegar a recibir.

El programa Kit Digital se engloba dentro de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se encuentra financiado por la Unión Europea por medio de los fondos comunitarios Next Generación UE.

El programa Kit Digital tiene el objetivo fundamental de potenciar la digitalización de cientos de miles de pymes y autónomos del territorio español, con el propósito de que puedan acceder a nuevos mercados y oportunidades y desarrollar su verdadero potencial.

Para ello, el Gobierno destinará a este objetivo más de 3.000 millones de euros entre 2021 y 2023.gestoría en Palma de Mallorca

Desde el 15 de marzo ya pueden solicitar el Bono Digital las pymes y autónomos con plantillas de entre 10 y 49 empleados.

Según el número de empleados y la categoría en que está inscrita la empresa, dentro de los epígrafes posibles, pueden clasificarse como:

  • Pequeñas empresas de 10 a 49 empleados (Segmento I).
  • Pequeñas empresas: de 3 a 9 empleados (Segmento II).
  • Pequeñas empresas de entre 0 a 2 empleados (Segmento III).

Desde el 15 de marzo, estuvieron en tiempo de pedir su Bono Digital las empresas del Segmento I, con plantillas de entre 10 y 49 empleados. Lamentablemente, este cupo fue copado en pocas horas y ya no quedan fondos disponibles para ese segmento.

Esta primera convocatoria de ayudas supone para el Estado una inversión de 500 millones de euros.

El Kit Digital está formado por un bono de hasta 12.000€ para las empresas con plantillas de entre 10 y 49 empleados. Unas ayudas que ya han sido distribuidas para esas empresas con ese rango de personal, en función de la categoría y del tiempo necesario para implantar esta mejora digital.

El objetivo esencial es que las pequeñas y medianas empresas puedan adquirir servicios para potenciar la ciberseguridad o para tener su propia página web.

¿Cuándo se podrán pedir las ayudas del kit digital para las empresas de los Segmentos II y III?

Las fechas previstas para solicitar las ayudas del Kit Digital para los Segmentos II y III son junio y septiembre respectivamente. Es importante tener claro cómo solicitar el kit digital en Palma de Mallorca para que no nos pille el toro y beneficiarnos de esta oportunidad.

¿Cómo calcular la plantilla de mi empresa para el Kit Digital? ¿No tienes muy claro en qué Segmento se encuadra tu empresa?

Para el cálculo del número de trabajadores para el kit digital debes de tener en cuenta los días y las horas que se ha cotizado durante todo 2021.

Es bueno recordar que un trabajador a media jornada cuenta como medio trabajador aquí.

Y es importante que calcules de forma correcta el número de trabajadores de tu empresa para determinar en qué Segmento se localiza y poder optar al Bono Digital sin problemas.

Si quieres calcular el número de trabajadores tendrás que acceder a la web de la Seguridad Social y buscar dentro del apartado que se llama Sistema RED.

Ahí podrás consultar la opción denominada ‘Informe plantilla media de trabajadores en alta’ y tendrás acceso a todos los datos sobre la plantilla media de tu empresa en un período de referencia. En este caso, se trataría del año 2021 completo.

¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas del Segmento I para optar al Kit Digital?

Para poder optar al Kit Digital, las empresas del Segmento I tendrán que demostrar que cumplen los siguientes requisitos:

  • Ser pequeñas empresas o trabajadores del régimen de autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
  • Ser una empresa registrada en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo correspondiente de la Administración Tributaria Foral. Y se deberá mostrar la actividad económica que se está desarrollando a la fecha de solicitud de la ayuda, con una antigüedad mínima de al menos 6 meses.
  • Si se ha realizado una modificación del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración a la administración Tributaria Foral, o viceversa, se va a considerar el período en el cual hemos estado inscritos en ambos.
  • No asumir la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No ser objeto de una orden de recuperación en curso, tras una decisión previa de la Comisión Europea, que haya podido declarar una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • La compañía no puede estar incluida en los supuestos de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No sobrepasar el límite de ayudas de minimis.
  • Estar en posesión de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el diagnóstico disponible en Acelera pyme.

¿Qué tipo de empresas están excluidas del Kit Digital?

No podrán beneficiarse del Bono Digital los siguientes tipos de empresas:

Las personas físicas o jurídicas que ya sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni tampoco aquéllas con las que tales agentes contraten o subcontraten servicios de soluciones de digitalización.

Las empresas públicas y las entidades de Derecho público.

Los colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios inclusas en régimen de propiedad horizontal o cualquier otra clase de unidad económica o patrimonio separado que no tenga personalidad jurídica

¿Cómo se solicita el Kit Digital?

Las pymes y autónomos tendrán que solicitar su Bono del Kit Digital a través de un solicitante, representante legal o representante voluntario autorizado y solamente a través del formulario automatizado que encontrarán, a su disposición, en la Sede Electrónica de Red.es.

Podremos acceder a este formulario, también, desde el portal Acelera Pyme. Y en él se incluirá:

  • NIF de la persona que solicita.
  • Nombre legal de la persona física o razón social de la persona jurídica.
  • Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
  • Teléfono y otros datos de contacto.
  • En su caso, si procede, autorización del representante voluntario.

Los representantes voluntarios deberán aportar, junto a la solicitud, una autorización válida de representación voluntaria. Un documento que podrán descargarla en la Sede Electrónica de Red.es.

Cada representante voluntario podrá procesar un máximo de 500 solicitudes al día.

Si hubiese algún error en el trámite, el Órgano Instructor va a solicitar su subsanación por medio de notificación electrónica. Y las pymes y autónomos se verán sujetas a un plazo de 10 días hábiles para solventarlo.

Recordar que, como paso anterior a la solicitud de las ayudas para la transformación digital, se tendrá que hacer un test de autodiagnóstico al que podrán acceder todas las pymes. El objetivo de este test es conocer el estado actual de digitalización de la empresa y descubrir en qué factores debe mejorar.

Este test se llevará a cabo en la plataforma Acelera Pyme.

Como hemos dicho, la primera fase empezó el 15 de marzo de 2022 y se iban a destinar 500 millones de euros, para empresas de entre 10 y 49 empleados, aunque ese importe ya se ha repartido.

En esta primera convocatoria, el importe máximo de las ayudas por beneficiario era de 12.000 €.

¿Cuándo podrán empezar a beneficiarse las empresas del Bono Digital?

Las pymes y autónomos de entre 10 y 49 empleados ya pudieron solicitar su bono del Kit Digital desde el 15 de marzo de 2022. Y ahora empiezan los plazos para las siguientes tandas de empresas con plantillas de menos empleados/as.

¿Qué hay que hacer para poder optar al cobro de la subvención del Kit Digital?

La empresa beneficiaria tiene que elegir y contratar la solución digitalizadora que más se pueda adaptar a sus necesidades concretas.

Después, tendrán que llevar a cabo un Acuerdo de Prestación.

El plazo máximo para hacer formal el Acuerdo de Prestación será de 6 meses desde que se comunique la concesión definitiva de la ayuda.

La empresa podrá formalizar acuerdos de prestación hasta completar el importe total de la subvención concedida.

¿A qué clase de soluciones digitales podrán destinarse las subvenciones del Kit Digital?

El Bono Digital podrá ser utilizado para soluciones de digitalización que posibiliten reemplazar las soluciones ya existentes, eso sí, siempre que impliquen una mejora operativa.

Por tanto, las soluciones digitales a implementar tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe ser una solución totalmente novedosa.
  • La solución a sustituir no puede significar la evolución de servicios y funcionalidades de la solución que ya está en curso.

¿Cuál es el monto de la ayuda del Kit Digital para pymes y autónomos con plantillas de entre 10 y 49 empleados?

Los importes máximos de la ayuda del Kit Digital, siempre en función de la correspondiente la Categoría de Soluciones de Digitalización, así como de la duración del servicio, serán los que siguen.

Categoría de soluciones digitales  Meses de servicio Importe para pymes y autónomos (Segmento I)
Sitio Web y Presencia en Internet 12 2.000 €
Comercio electrónico 12 2.000 €
Gestión de redes sociales 12 2.5000 €
Gestión de clientes 12 4.000 € (incluye 3 usuarios)
Business Intelligence y Analítica 12 4.000 € (incluye 3 usuarios)
Gestión de procesos 12 6.000 € (incluye 10 usuarios)
Factura electrónica 12 1.000 € (incluye 3 usuarios)
Servicios y herramientas de oficina virtual 12 250 € por usuario (hasta 48 usuarios)
Comunicaciones seguras 12 125 € por usuario (hasta 48 usuarios)
Ciberseguridad 12 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos)

El importe de la ayuda que se puede asignar a cada solución de digitalización será el de menos cuantía de los siguientes:

  • Ayuda máxima de la Categoría de Solución de Digitalización en la que se encuadra la solución de digitalización.
  • Coste de la solución de digitalización que hemos contratado.
  • El monto de la subvención que se nos concede no asociado a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.

Serán subvencionables los gastos que afronte el beneficiario para implementar las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización, pero siempre dentro de los límites de las cuantías máximas.

¿Cómo se solicita?

Cómo solicitar el bono digital
  1. Hay que registrarse en acelerapyme.es. Rellena el ‘test de autodiagnóstico’ sobre el nivel de digitalización de la empresa. …
  2. Consulta el catálogo de soluciones digitales. …
  3. Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es).

¿Cómo se otorga el Bono Digital?

El Bono del Kit Digital se otorga de forma directa y siguiendo el criterio de orden de envío de solicitudes.

Las resoluciones se van a notificar siempre a través de la Sede Electrónica de Red.es. Y también de forma personal a los beneficiarios.

¿Cuándo se cobra el Bono Digital?

El Bono Digital se podrá cobrar toda vez que se justifique correctamente la solución digitalizadora que hemos implementado.

Para ello, la pyme o el autónomo que se beneficia de esta solución tiene que contratar una de las soluciones digitales que puede elegir en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

Una vez que decide qué solución va a contratar, el empresario deberá hacer formal la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización que está a su disposición en la Sede Electrónica de Red.es.

El plazo máximo para formalizar los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización es siempre de 6 meses, plazo para que comienza a partir de la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.

En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización que corresponden a reemplazo de soluciones ya adoptadas se tienen que explicar las mejoras funcionales de la solución implantada con respecto a la que el empresario ya tenía previamente.

A partir de ahí, el agente digitalizador tendrá que justificar, en nombre de la empresa beneficiaria, con los comprobantes de gasto que justifiquen en qué se ha utilizado el Bono Digital.

Esta justificación de los gastos se podrá realizar a través de un formulario electrónico que estará a disposición de todos los usuarios en la Sede Electrónica de Red.es (accesible desde la Plataforma Acelera Pyme).

El plazo máximo para presentar todos los justificantes será de 3 meses desde que termina la prestación de los servicios.

El pago de las ayudas del Kit Digital se va a ejecutar siempre en 2 fases

En la primera fase, los pagos van a tener la consideración de pagos a cuenta. Para poder recibir este pago, el beneficiario tendrá que estar al día de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Si el beneficiario no cumple con estas normas, tendrá que asumir por su cuenta la obligación de pago al Agente Digitalizador Adherido con los costes.

¿Qué requisitos deben reunir los agentes digitalizadores para poder prestar sus servicios a las pymes y a los autónomos dentro del kit digital?

El plazo para que los agentes digitalizadores puedan comunicar sus soluciones tecnológicas y de innovación ya está abierto desde hace un tiempo.

Desde el 10 de marzo está activo el Catálogo de Agentes Digitalizadores, con los primeros agentes que van a tomar parte en el programa. Puedes acceder a la información en la Plataforma Acelera Pyme.

Los agentes digitalizadores serán los responsables de poner a disposición las herramientas necesarias para las pymes y autónomos, siempre con el fin de lograr una evolución y una digitalización completas de sus procedimientos de trabajo.

Los requisitos que deben cumplir los agentes digitalizadores para poder ofrecer sus servicios aquí son:

  • Encontrarse al corriente de pagos con la seguridad social y la agencia tributaria.
  • Tener una facturación de más de 100.000 € al año. Para el caso de los emprendedores en situación de autoempleo, sin plantilla de trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos 2 ejercicios anteriores, a considera desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión.
  • No encontrarse en una situación de crisis.
  • Mostrar, al menos, 2 años de antigüedad.

¿Cuáles son las categorías contempladas en el catálogo de servicios para potenciar la transformación digital?

El catálogo de soluciones de digitalización del programa está disponible en la plataforma Acelera pyme.

Todas las categorías de soluciones de digitalización van a exigir de las soluciones de digitalización la realización de un servicio de soporte para incidencias, con un plazo para resolverlas de menos de 24 horas. Un soporte que podrá realizarse de forma remota.

Además, los agentes digitalizadores deberán ofrecer a sus clientes la formación precisa que les permita manejar bien estas innovaciones:

  • Presencia en Internet y sitio web. En esta categoría concretar se contempla las soluciones sobre cómo crear una página web para la pyme con el objeto de dar visibilidad a los productos que ofrece esta empresa en Internet y llegar a un mayor número de potenciales clientes.
  • Comercio electrónico. El fin es establecer una tienda online para la compraventa de productos y/o servicios.
  • Gestión de redes sociales para promocionar la pyme en las distintas redes sociales: Instagram, Facebook, LinkedIn, etc.
  • Gestión de clientes y/o proveedores. El objetivo es lograr eguir una evolución de la gestión de las relaciones de todo tipo con los clientes. Estar más comunicados con ellos.
  • Business Intelligence y analítica para optimizar la toma de decisiones de la pyme.
  • Servicios y herramientas de oficina virtualque tienen el objetivo de estipular medidas interactivas para mejorar la comunicación y el trabajo en equipo entre los empleados.
  • Gestión de procesos para la automatización de la pyme.
  • Factura electrónica para aligerar el ritmo de emisión de facturas y hacer el proceso más profesional.
  • Comunicaciones seguras. Esta categoría tiene como fin mejorar la seguridad en los dispositivos y comunicaciones de los trabajadores de la pyme.
  • Ciberseguridad para optimizar un uso seguro y fiable de los dispositivos electrónicos y sortear posibles hackeos y protegerse frente a robos de información confidencial.

El proyecto del Gobierno es continuar repartiendo nuevas ayudas entre 2022 y 2023 hasta completar los 3.000 millones de euros disponibles.

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